Cómpranos desde el Exterior

Como colombiano y residente en el exterior podrás comprar con Especialmente SAS el inmueble que desees en las regiones donde hacemos presencia.

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    Recomiéndanos


      PARA TENER EN CUENTA
      Desde cualquier lugar del mundo podrás comprar con nosotros el inmueble que desees en cualquiera de las ciudades en las que nos encontramos presentes: Barranquilla, Bucaramanga, Bogotá, Cali y Cartagena. Te brindamos asesoría directa, fácil y segura. A continuación te presentamos cada uno de los pasos que debes seguir:
      1. Escoge el tipo de inmueble en la ciudad de mayor preferencia: Podrás obtener información de los proyectos de la constructora en la sección de proyectos de nuestra página web (PULSE AQUÍ), diligenciando el siguiente formulario o revisando revistas, brokers, ferias y otros medios de comunicación.
      2. Comunícate con la constructora: Puedes contactarnos diligenciando el formulario, llamando a cualquiera de nuestras líneas telefónicas en las diferentes ciudades de Colombia o de forma personalizada a través de un familiar o amigo quien podrá visitarnos en alguna de nuestras oficinas en Colombia.
      3. Nombra un apoderado o representante en Colombia: La persona que escojas debe ser de tu confianza y quien se encargará, junto con uno de los asesores de la constructora, de coordinar el proceso de compra y manejo documental del inmueble. RECUERDA: Desde este momento el representante que asignaste será el intermediario entre tú y la constructora.
      4. Firma de la oferta de venta u orden de compra: El apoderado se encargará de firmar la oferta de venta que la constructora le otorgue, teniendo en cuenta tu consentimiento de aprobación. Posteriormente enviarás el primer pago, que consiste en el valor de la separación del inmueble.
      5. Acuerdo de pago de la cuota inicial: De acuerdo con las políticas de ventas del proyecto que selecciones, se establecen las fechas de pago, el valor y número de cuotas.
      6. Pago de las cuotas: Después de hacer el acuerdo de pago con tu apoderado, procederás a girar el dinero directamente a tu apoderado o a través de alguna de nuestras cuentas bancarias. En cualquiera de los dos casos es necesario solicitar al Banco de la República de Colombia la autorización de las declaraciones de cambio, como lo verás en el siguiente punto (7).
      7. Autorización de la declaración de cambio: Si tu decisión es enviar el dinero a tu apoderado, éste diligenciará y presentará ante el Banco de la República de Colombia las declaraciones de cambio. De lo contrario, si decides girar el dinero a una de las cuentas bancarias asignadas por la constructora, deberán tú o tu apoderado otorgarle poder a la constructora para que ésta se encargue de diligenciar y presentar las respectivas declaraciones de cambio al Banco de la República de Colombia. El número de declaraciones de cambio entregadas al Banco debe coincidir con el número de operaciones o transacciones que vas a realizar a la constructora.
      8. Pago final del inmueble: Terminado y cumplido el acuerdo de pago de la cuota inicial, realizarás un giro a tu apoderado o a alguna de las cuentas que la constructora te asigne, por el valor total adeudado del inmueble, sumado con los gastos necesarios para la legalización del proceso de compraventa del inmueble.
      9. Entrega del inmueble: Culminado el pago total del inmueble y una vez estés a paz y salvo con la constructora, procederemos a hacer entrega y escrituración del inmueble que adquiriste.
      10. Vincúlate a nuestro club de amigos e infórmale a un familiar o amigo que puede comprar fácil y rápido sin moverse de su actual residencia.
      Si estás interesado en adquirir algún tipo de inmueble con nuestra constructora debes tener en cuenta los agentes que intervendrán en el proceso:
      • Empresas del Grupo ESPECIALMENTE: En el proceso de compraventa somos el agente vendedor y los encargados de ofrecerte información sobre nuestros proyectos a través de nuestros asesores comerciales, quienes se comunicarán contigo una vez reciban los datos de contacto que nos suministres.
      • Cliente residente en el exterior (TÚ): Teniendo en cuenta que resides en el exterior, serás la persona encargada de realizar los pagos a través de tu red de bancos preferida u otra entidad financiera.
      • Apoderado: Es la persona que con confianza y seguridad eliges para que por medio de él o ella, tú y la constructora podamos permanecer en contacto. Será tu representante en Colombia en el momento en que sea necesario visitar el proyecto y no puedas asistir.
      • Entidad financiera o de giros: Es la entidad financiera seleccionada por ti, reconocida legalmente, confiable y que se encargará de transferir cada uno de tus pagos a la constructora.
      • Mercado Cambios: Son intermediarios autorizados para monetizar a pesos Colombianos las divisas giradas por ti, que resides en el exterior, a las cuentas vigentes que tenemos con los bancos comerciales.
      • Banco de la República de Colombia: Es la máxima autoridad del mercado cambiario en Colombia, encargado de legalizar y autorizar, mediante declaraciones de cambio, el envío de recursos en otras monedas (diferente a pesos colombianos).